Requisitos de inscripción para Corredores de Reaseguro Extranjeros

1)  Copia razonada notarialmente de la escritura de constitución social y estatutos de la sociedad con sus datos de inscripción;

2)  Copia razonada notarialmente del documento vigente expedido por la autoridad supervisora del país de origen que haga constar que la sociedad interesada se encuentra autorizada para intermediar reaseguros de cedentes extranjeras;

3) Tres constancias emitidas por reaseguradoras con calificación internacional conforme a lo dispuesto en ésta norma, en las que se exprese que mantiene relación de negocios con el corredor de reaseguros;

4) Copia razonada notarialmente del Poder General de Administración otorgado al representante legal;

5) En el caso de las Agencias de Suscripción de Lloyd´s, deberán presentar copia del contrato suscrito con el Sindicato correspondiente;

6)  Original de la fianza o póliza de seguro a que se refiere el artículo 19 de la presente norma;

7)  Copia del Recibo Oficial de Caja emitido por la Superintendencia que demuestre el pago del arancel de inscripción establecido en el Anexo 3 de ésta norma, el cual es parte integrante de la misma; y

8)  Domicilio, número de teléfono, dirección de sus oficinas en el país de origen, correo electrónico y sitio web, si tuviere.

Para  el  establecimiento  de  sucursales,  la  casa  matriz  deberá  cumplir  con  todos  los requisitos establecidos anteriormente y adicionalmente deberá presentar lo siguiente:

1)  Datos personales que identifiquen al representante legal designado por la casa matriz;

2)  Dirección exacta en Nicaragua para recibir notificaciones por parte de la Superintendencia; y

3)  Copia de la constancia del Registro Único de Contribuyente.

Fuente: “Norma de Reaseguros, Fronting y Coaseguros” Resolución CD-SIBOIF-897-2-JUL7-2015 y su modificación CD-SIBOIF-913-1-OCT27-2015

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