Anexo 8 Tabla de Rangos de Primas Anuales y Monto Afianzado

Los intermediaros deberán renovar la fianza con treinta (30) días de anticipación a su vencimiento para presentarla ante la Superintendencia. Mientras la fianza no sea renovada, el intermediario no podrá ejercer sus funciones; en cuyo caso, el Superintendente  comunicará  a  las  Sociedades  de  Seguros,  Sociedades  de Corretaje y Agencias de Seguros tal situación, instruyendo que se abstengan de realizar negocios a través de los Intermediarios que incumplieran.

Asimismo, los intermediarios están obligados a incrementar su fianza al momento en que su primaje supere el límite superior del rango bajo el cual se calculó la suma afianzada.

No.PRIMAJE ANUAL U$MONTO AFIANZADO U$
11 - 45,000.005,000.00
245,001.00 - 280,000.007,000.00
3280,001.00 - 450,000.0011,500.00
4450,001.00 - 650,000.0018,000.00
5650,001.00 - 875,000.0025,500.00
6875,001.00 - 1,300,000.0033,500.00
71,300,001.00 - 1,750,000.0050,000.00
81,750,001.00 - 2,200,000.0067,000.00
92,200,001.00 - 3,000,000.0085,000.00
103,000,001.00 - 4,000,000.00115,000.00
114,000,001.00 - 6,000,000.00165,000.00
126,000,001.00 - 8,000,000.00214,500.00
138,000,001.00 - 10,000,000.00235,000.00
1410,000,001.00 a Más250,000.00

 

Fuente: “Norma para la Autorización y Funcionamiento de los Intermediarios de Seguros” Resolución: “CD-SIBOIF-719-2-MAR14-2012”

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