* El plazo para la presentación de reclamos de pólizas de seguros son los establecidos en las Condiciones Generales de la póliza; debiendo cumplir además con los requisitos establecidos en dichas Condiciones Generales. No aplica para seguros obligatorios de automóvil.
* Conforme la Ley N°431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito y sus reformas, artículo 67, el plazo para la presentación de los reclamos de pólizas de seguros obligatorios de automóvil es de 15 días a partir de la emisión de Certificado de Accidente cuando sólo hay un perjudicado, cuando son dos o más perjudicados el plazo es de 30 días; debiendo cumplir además con los requisitos solicitados por las aseguradoras.
* Conforme lo dispuesto en la Ley N°733, Ley General de Seguros, Reaseguros y Fianzas, artículo 78, a excepción de las pólizas de seguros obligatorios, para la procedencia de los reclamos, los asegurados deben estar al día con el pago de las primas de sus seguros en las fecha y formas convenidas.